Nos encontramos

Avda. Adolfo Díaz Ambrona, 11
06006 Badajoz

Tel. 924 284 400
comercial.grancasinoextremadura@orenesgrupo.com

Horarios

SALA DE JUEGO

El horario de apertura es desde las 16:00 h hasta las 05:00 h.

La sala de juego de Gran Casino Extremadura permanece abierta todos los días del año a excepción del día 24 de diciembre fecha en la que permanecerá cerrado.

SALA DE MÁQUINAS

A partir de las 10:00 h hasta las 05:00 h.

24 de diciembre de 10:00 a 20:00 h.

Requisitos de acceso

ACCESO:

Para entrar en el Casino, es imprescindible presentar el D.N.I. o Pasaporte, para el acceso a las Salas de Juego se debe obtener en el Servicio de Recepción del Casino una tarjeta de entrada.

CÁMARAS:

Según el Decreto 115/2000 de 16 de Marzo por el que se aprueba el Reglamento de Casino de la Comunidad Autónoma de Extremadura, advertimos a los clientes de la grabación de su imagen por cámara situada en el Servicio de Admisión.

Prohibiciones de admisión.

Está prohibida la entrada en las Salas de Juego a:

  • Menores de 18 años, aunque se encuentren emancipados.
  • Funcionarios civiles o militares que manejen fondos públicos.
  • Quienes por decisión judicial hayan sido declarados incapaces, pródigos o culpables de quiebra fraudulenta, en tanto no sean rehabilitados.
  • Quienes se encuentren en situación de libertad condicional o sometidos al cumplimiento de medidas de seguridad.
  • Quienes den muestra de encontrarse en estado de embriaguez o de sufrir enfermedad mental y a quienes puedan perturbar el orden, la tranquilidad o el desarrollo de los juegos.

  • Quienes pretendan entrar portando armas u objetos que puedan utilizarse como tales.
  • Aquellos de quienes se haya solicitado de la Comisión Nacional de Juego les sea prohibida la entrada por sí mismos, por su cónyuge, salvo casos de separación, o por hijos mayores de edad, así como por los padres respecto de los hijos que convivan con ellos bajo su dependencia económica.
  • Además, el Director del Casino podrá prohibir la entrada a las salas de juego o invitarles a abandonarlas a aquellas personas de las que consten datos que permitan suponer que habrán de observar perturbaciones o cometan tales irregularidades aún cuando no tuvieran antecedentes.